mayo 15, 2024

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periodigolf. Concepcion Carazo
El concepto de desarrollo sostenible se definió en el informe «Nuestro futuro común» de la Comisión Mundial para el Medio Ambiente, (Comisión Brundtland, 1987) como aquel que es capaz de satisfacer las necesidades de la generación presente sin comprometer la posibilidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.

Ante tal transcendente definición la consecuencia derivada es hacer compatible el desarrollo socioeconómico de cualquier actividad humana con la protección del medio ambiente, y la construcción y gestión de un campo de golf también lo requiere.

Ambientalmente, la construcción de un campo de golf supone una transformación de un espacio natural originario con objeto de crear otro espacio artificial naturalizado diseñado según las necesidades del juego, y que su ocupación afecta al sistema natural, patrimonial y territorial donde se ubique.

Es en esa alteración del espacio natural donde se producen impactos ambientales negativos con repercusión crítica referidos principalmente a la ocupación del suelo y la modificación del paisaje original y al consumo y la gestión del agua. Las contestaciones sociales opuestas a la construcción de un campo de golf han venido derivadas porque no siempre se han tenido en cuenta la capacidad de acogida y la idoneidad de implantación en el territorio designado.

En la planificación de estas instalaciones es necesario adoptar una perspectiva de integración ambiental que conciba al campo de golf como un espacio que se inserta en el entorno formando un sistema armónico y funcional; por lo tanto es preciso incorporar desde el inicio del proceso de toma de decisiones, la sensibilidad y compromiso ambiental en todas las fases del proyecto.

El respeto medioambiental con el que se construye y se explota un campo de golf depende de dos agentes fundamentales: la administración pública y la iniciativa privada. Conforme a la primera, la existencia de una legislación medioambiental, territorial y cultural ordenada asegura el éxito ambiental de estas instalaciones. La normativa específica regula las condiciones de implantación y funcionamiento de campos de golf como la Ley 9/2006 en la Comunidad Valenciana, Ley 4/2008 en Andalucía, Ley 20/2009 de prevención y control ambiental en Catalunya. En ellas se definen los criterios del régimen urbanístico, de integración territorial, las condiciones de diseño y las medioambientales de explotación.

En cuanto a las empresas implicadas, en las fases de diseño, construcción y gestión del campo deben incorporar los criterios de reducción de impacto ambiental y de conservación de los ecosistemas, para ello el diseño sostenible del campo de golf debe respetar y potenciar los recursos paisajísticos presentes en la zona, garantizando su integración.

Los aspectos ambientales a tener en cuenta en la fase de diseño y planificación son los referidos al uso de zonas marginales, erosionados o degradados para su instalación; disponibilidad de agua y drenaje, o la localización de vistas de interés paisajístico. Realización de inventarios de la vegetación y fauna, geología para el Estudio de Impacto Ambiental y obtención de la Declaración de Impacto Ambiental presentado en el Ministerio de Medio Ambiente. En la fase de ejecución se incorporan las medidas correctoras o amortiguadoras y sugeridas de la declaración para reducir el impacto ambiental. Y en la fase de gestión se adoptarán sistemas de control, concretamente los sistemas de gestión medioambiental que aseguren la calidad de estas instalaciones en su cumplimiento de la legislación vigente y en los objetivos de funcionamiento.

En cuanto al agua, los programas de gestión y ahorro de recursos hídricos; la reutilización de aguas regeneradas; y la instalación de sistemas inteligentes de riego. Respecto al césped, especies cespitosas resistentes a la sequía y salinidad: la reducción en el uso y aplicación de productos fitosanitarios y fertilizantes; y abonos de liberación lenta y de reducción de los nitratos en el agua. Sobre el biotopo, medidas de protección para la fauna e instalaciones que permitan su desarrollo; la reforestación de especies autóctonas; la conservación e integración del Patrimonio histórico, cultural preexistente; y la integración paisajística de las instalaciones. Por último, y en relación a la energía, una reducción del consumo energético; la utilización de energías renovables; la eficiencia energética; el tratamiento de residuos; e reciclaje; y la reducción de la contaminación energética.

Las modalidades de los sistemas de gestión ambiental pueden ser internas, cuya implantación no están sometidas a certificación y la entidad auditora es la propia empresa, o externas en cuyo caso se exige un mayor compromiso por parte de las instalaciones del golf. Éstas son de adopción voluntaria y están sometidas a una normativa y evaluación por parte de entidades específicas. Garantizan una mejor organización del proceso productivo, aumentan la confianza de la clientela y mejoran su competitividad.

Son las siguientes: Norma UNE-EN ISO 14001 sobre la calidad y gestión medioambiental cuyo entidad auditora es AENOR.Norma EMAS 761 del Reglamento Europeo. Green Globe 21 del Consejo Mundial de Viajes y Turismo. Biosphere Golf del Instituto de Turismo Responsable. Commited to green del European Golf Association. Programa Audubon del Audubon Internacional. Certificado Q-Plus de la Asociación Española de Green-keepers y Premios de Madera Verde de Responsabilidad Ambiental.

Con todo lo expuesto sobre la sostenibilidad de los campos de golf se establece que estas instalaciones deben contribuir a la preservación y mejora de los valores ambientales y paisajísticos del territorio. Para ello la existencia de un estatuto ambiental por parte de la Administración pública que hay que cumplir, la responsabilidad de las empresas promotoras de considerar y respetar el medio natural, el desarrollo de una conciencia ambiental por parte del usuario que aprecian el juego y el diseño del campo, y por último el avance tecnológico y desarrollo científico en los tratamientos, hacen que la práctica de este apasionante deporte sea respetuoso con el medio ambiente.

*Concepción Carazo es biologa y ambentalista

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